lunes, 6 de agosto de 2012

Organización del Estado Peruano

La organización del Estado Peruano se encuentra diseñada en la Constitución Política. El Estado  está  organizado a  partir  de  distintos planos  de  gobierno: el  gobierno central,  el gobierno regional y el gobierno local. Asimismo, la Constitución contempla la existencia de organismos autónomos con funciones específicas.


Adicionalmente  a los organismos  establecidos  en la Constitución,  existen  otros organismos creados por normas de nivel inferior a la Constitución, así como las empresas del Estado.
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I. Gobierno Central

1. Poder Legislativo

El Poder Legislativo del Estado reside en el Congreso, el cual está constituido por una cámara única integrada por ciento veinte congresistas elegidos para un período de cinco años. La principal atribución del Congreso es emitir, modificar y derogar leyes. Además, el Congreso realiza una labor de control político del Poder Ejecutivo a través de distintas funciones detalladas en la Constitución como la de aprobar el presupuesto y la cuenta general o la atribución de realizar investigaciones y velar por el cumplimiento de la Constitución y de las leyes.

El actual Poder Legislativo está conformado por un Parlamento Unicameral con 120 miembros.


Congreso de la República del Perú

2. Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo está encabezado por el Presidente de la República e integrado por los ministros de Estado.

El Poder Ejecutivo es el encargado de la dirección política del Estado. Las decisiones que adopta son ejecutadas a través de los Ministros, quienes asumen la responsabilidad por tales actos.  A  través  de  los  ministerios las  decisiones del  Poder  Ejecutivo son  plasmadas en distintos sectores de nuestra sociedad.
Para tal efecto, es de suma importancia la actividad normativa que realiza el Poder Ejecutivo, a través de decretos y resoluciones.

Por otra parte, en lo concerniente a la emisión de normas, es importante resaltar que el Poder Ejecutivo tiene la facultad de proponer al Congreso la emisión de leyes, así como la atribución de promulgar las leyes aprobadas por el Poder Legislativo.

En el régimen presidencial, tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo son elegidos por sufragio popular. El sistema presidencial es una forma de gobierno representativa, donde los poderes del Estado están separados en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Siendo cada uno de ellos autónomo e independiente.

El Poder Ejecutivo está constituido por el Presidente, quien desarrolla las funciones de Jefe de Estado Ollanta Humala Tasso hasta el 28 de Julio del 2016, y dos Vice - Presidentes. El Presidente simboliza y representa los intereses permanentes del país. A su vez, como Jefe de Gobierno, es quien dirige la política gubernamental, respaldado por la mayoría político-electoral.

El Presidente de la República y los Ministros de Estado

3. Poder Judicial

El Poder Judicial tiene como principal función la de administrar justicia. Para ello cuenta con funcionarios a  nivel  nacional que  administran justicia en  distintos niveles y  en  distintas materias.

El Poder Judicial está estructurado en cinco niveles:
  • La Corte Suprema de la República que cuenta con jurisdicción a nivel nacional y constituye la última instancia en los procesos judiciales.
  • Las Cortes Superiores repartidas a nivel nacional en distritos judiciales.
  • Los Juzgados Especializados inscritos en cada Corte Superior y especializados en distintas materias.
  • Los Juzgados de Paz Letrados.
  • Los Juzgados de Paz.
El Palacio de Justicia

II. Gobierno Regional

Los Gobiernos Regionales son una expresión del proceso de descentralización de nuestro país. En esa medida son autónomos en lo político, económico y administrativo. El Presidente Regional y el Consejo Regional son elegidos por votación popular.

Su  función  principal  es  promover  el  desarrollo  y  la  economía  regional,  fomentar  las inversiones,  actividades  y  servicios  públicos  de  su  responsabilidad  en  armonía  con  las políticas y  planes  nacionales y  locales  de  desarrollo. Para  ello  deben  coordinar con  los gobiernos locales a fin de no interferir en sus funciones.

III. Gobierno Local

El  gobierno local está constituido por las  municipalidades provinciales y  distritales. Ellas cuentan con autonomía política, económica y administrativa. Los alcaldes y regidores son elegidos por el voto popular.

Los gobiernos locales cumplen diversas funciones en sus respectivas jurisdicciones, entre las cuales podemos contar al desarrollo urbano y la zonificación, la regulación del transporte público y del tránsito vehicular, la limpieza pública, el desarrollo cultural, recreativo y deportivo de los vecinos, el ornato, el mantenimiento de parques, jardines y monumentos, etc.

IV. Otros Organismos

1. Organismos Públicos contemplados en la Constitución

La Constitución se refiere a varios organismos con funciones específicas, los cuales están dotados de autonomía respecto del Gobierno Central. Son los siguientes:

  1. El  Tribunal Constitucional: Realiza una función de  control de  la  Constitución. En  ese sentido,  conoce  las  acciones  de  inconstitucionalidad  contra  las  leyes  y,  en  última instancia, las resoluciones denegatorias de Hábeas Corpus, Acción de Amparo, Hábeas Data y Acción de Cumplimiento.
  2. El Ministerio Público: Su principal función es promover y seguir las acciones judiciales de carácter penal. De otro lado, en algunos procesos puede actuar como representante de la sociedad.  También  cuenta  con  iniciativa  en  la  formación  de  las  leyes,  entre  otras funciones que le asigna la Constitución y su ley orgánica.
  3. El Consejo Nacional de la Magistratura: Su función central es la designación por concurso público de méritos de los jueces y fiscales de todos los niveles, así como su periódica ratificación.
  4. La  Defensoría  del  Pueblo:  Su  función  es defender  los  derechos  constitucionales  y fundamentales de la persona y de la comunidad y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía.
  5. El Banco Central de Reserva del Perú: Su función principal es regular la moneda y el crédito del sistema financiero y administrar las reservas internacionales.
  6. La Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: Su función es ejercer el control de las empresas bancarias, de seguros y demás que forman parte del sistema financiero, así como de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
  7. El Jurado Nacional de Elecciones: Tiene por finalidad principal fiscalizar la legalidad del ejercicio del derecho de sufragio y la realización de los procesos electorales.
  8. La Oficina Nacional de Procesos Electorales: Su función principal es organizar los procesos electorales.
  9. El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil: Tiene a su cargo la inscripción de nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil. Expide además los documentos de identidad.
  10. La  Contraloría General  de  la  República: Su  función  es  supervisar la  legalidad  de  la ejecución del presupuesto, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones públicas.

2. Organismos Públicos no incluidos en la Constitución

Existen diversos organismos públicos que no se encuentran mencionados en la Constitución y cuyo origen se encuentra en una norma legal. Estos organismos tienen distintos niveles de autonomía y funciones particulares. Podemos mencionar a título ilustrativo al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC), Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), Comisión  Nacional Supervisora de  Empresas y  Valores (CONASEV), entre muchos otros organismos que forman parte de la administración pública.

3. Empresas Estatales

Las Empresas del Estado son entidades a través de las cuales el Estado realiza actividades de producción y comercialización de bienes y de servicios. Se clasifican según la participación del Estado en su capital y según sus atribuciones. Pueden ser:
  • Empresas del Estado de accionariado único.
  • Empresas del Estado con accionariado Privado.
  • Empresas del Estado con potestades públicas.
El   accionariado  estatal  minoritario  en   empresas  del   Estado  no   constituye  actividad empresarial del Estado.

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